El tema esboza una teoría del proceso contractual en la que se distinguen dos tipos esenciales de problemas, relacionados con las tareas de "completar" (o "perfeccionar") y "salvaguardar" el contrato.
Completar el contrato significa definir el contenido del intercambio. En este sentido, se explica cómo los contratos se pueden completar
ex ante o
ex post (antes o después de alcanzar el acuerdo por el que las partes se comprometen), y, en ambos casos, se suelen emplear mecanismos institucionales que pueden ser sociales, recurriendo principalmente al derecho, o privados, definiendo
ex ante fórmulas u órganos encargados de decidir
ex post el contenido del intercambio.
Constituyen salvaguardias del contrato todos los mecanismos que, sea cuál sea el contenido del intercambio así definido, llevan a las partes a cumplirlo. Se distinguen diversos tipos de salvaguardias, tanto particulares como institucionales, según qué requisitos informativos requieran.